Constitución de sociedad por acciones. SPA. Chile, Ley N° 20.190.-
Las sociedades por acciones o SpA son sociedades de capital y fueron creadas mediante una reforma introducida a la ley del Mercado de Capitales, Ley N° 20.190, la cual modificó el Código de Comercio.
Las sociedades por acciones se pueden formar por escritura pública o por instrumento privado reducido a escritura pública. Un extracto de ella debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días desde la escritura de constitución o de su modificación.
Estas sociedades, a diferencia de las demás, pueden ser unipersonales, su nombre debe concluir con la expresión SpA. y su objeto es siempre mercantil. Su capital se divide en acciones y los accionistas responden hasta el monto de sus respectivos aportes.
Su administración se puede establecer libremente en los estatutos, es decir, puede administrarla una persona natural, una sociedad, un directorio, la Junta de accionistas, etc.
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